馃毃 San Andr茅s Cholula: 馃毃 Sindicatura emiti贸 una convocatoria sin firmas ni facultades. Ahora su exfuncionario es abogado de una de las partes.

En el caso del fraccionamiento Paseos del 脕ngel, una situaci贸n genera cuestionamientos sobre la actuaci贸n de la Sindicatura Municipal dentro de una controversia condominal.
La Sindicatura Municipal intervino en la redacci贸n e impulso de una convocatoria de Asamblea, documento que carece de las firmas correspondientes y que fue elaborado por una autoridad que, conforme a lo se帽alado por la parte afectada, no ten铆a facultades para sustituir a quienes legalmente correspond铆a convocar.
Pero el caso adquiere mayor relevancia por la participaci贸n de Isa铆 Fern谩ndez Mexica.
El 10 de abril de 2026, cuando se desempe帽aba como Jefe de Departamento de Mediaci贸n, Conciliaci贸n y Arbitraje de la Sindicatura Municipal de San Andr茅s Cholula, intervino dentro de la misma controversia desde la autoridad.
Tuvo conocimiento directo del conflicto, de las partes involucradas y de los antecedentes que posteriormente dieron origen al procedimiento.
Despu茅s dej贸 el cargo.
Y actualmente interviene como abogado de la parte actora dentro de esa misma controversia.
Adem谩s, la propia Sindicatura Municipal autoriz贸 su participaci贸n como representante jur铆dico mediante actuaci贸n de fecha 25 de junio de 2026.
A esta situaci贸n se suma otro se帽alamiento: la parte demandada refiere que ha presentado diversos oficios y solicitudes ante la Sindicatura Municipal para ejercer su defensa y solicitar respuesta sobre puntos fundamentales del procedimiento, sin que hasta el momento exista una atenci贸n con la misma prontitud y formalidad.
Mientras tanto, se帽alan que las actuaciones promovidas por la parte actora han recibido atenci贸n por parte de la autoridad, generando una percepci贸n de falta de equilibrio e igualdad procesal.
La pregunta que surge es:
驴C贸mo puede una persona que conoci贸 un conflicto desde el interior de la autoridad que intervino en el mismo, posteriormente representar a una de las partes involucradas?
Y tambi茅n:
驴Por qu茅 la Sindicatura no responde con la misma diligencia a las solicitudes de quienes ejercen su defensa dentro del procedimiento?
La parte demandada sostiene que estos hechos deben ser analizados bajo los principios de imparcialidad, neutralidad, igualdad procesal y certeza jur铆dica.
No se pide un trato especial.
Se exige transparencia.
Porque en San Andr茅s Cholula las instituciones deben explicar sus actos cuando existen dudas sobre la legalidad de sus actuaciones.
Una convocatoria sin firmas.
Una autoridad se帽alada por intervenir sin facultades.
Un exfuncionario que ahora defiende a una de las partes.
Y una autoridad que debe responder si est谩 garantizando igualdad procesal para todos.
Ante estos hechos, se hace un llamado al Gobierno del Estado de Puebla para que, dentro del 谩mbito de sus atribuciones, fije su atenci贸n en lo que ocurre en San Andr茅s Cholula y se garantice que las instituciones act煤en con legalidad, imparcialidad y transparencia.
La ciudadan铆a merece respuestas.
QUE SE ACLARE.
QUE SE FUNDAMENTE.
QUE SE RESPETE LA LEY.




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